S4.101 LOTE 7 - NAVE INDUSTRIAL ADOSADA EN CONSTRUCCIÓN DE 250 M² EN GERENA

Fecha de inicio
Fecha de fin
Tipo
Subasta
Estado
Empezada
Ubicación
Gerena, Sevilla
Puja máxima
-
La subasta cierra en
Valoración
35.167,52 €
Tipo mínimo
0,00 €
Depósito de garantía
1.758,38 €
Descripción

Nave industrial adosada en construcción de 250 m² que se encuentra ubicado en el término municipal de Gerena.

(*) Según el informe técnico del Ayuntamiento de Gerena de fecha 05/10/2021, las obras se encuentran paralizadas, habiéndose ejecutado las obras de cimentación y estructura de pilares.
Información adicional

URBANA. Número nueve. Nave industrial adosada que se está construyendo sobre una parcela de terreno en término de Gerena, en el Polígono Industrial Fontanilla, en la calle Romero número veinticuatro.

La nave que se describe ocupa la total superficie de la parcela, y carece de distribución interior.

Sus características son las siguientes: estructura en acero; iluminación: ventanas y lámparas de NA; cubierta: chapa de acero; cerramientos exteriores; hormigón prefabricado; carpintería exterior; perfil de acero y soleras de hormigón.
Su parcela tiene una superficie de doscientos cincuenta metros cuadrados.

Linda: por su frente, con la calle de su situación; por la derecha entrando, con la parcela señalada a efectos de la división con el número ocho; por la izquierda, con la parcela señalada a efectos de la división con el número diez; y por el fondo, con la parcela señalada a efectos de la división con el número doce, todas ellas procedentes de esta misma división material.

Referencia catastral
2687306QB2528N0001GO
Registro de la propiedad
REGISTRO DE LA PROPIEDAD Nº 2 DE SEVILLA
Datos de registro
Tomo: 1.578/ Libro: 161/ Folio: 181
Nº finca
7750
Porcentaje de propiedad
100 %
Tipo de inmueble
Nave Industrial
Superficie parcela
250 m2
Datos del expediente
Expediente: GERENA SIGLO XXI, S.L.
Nº expediente: 582/2022
Entidad: Juzgado de lo Mercantil Nº2 de Sevilla
Condiciones
1.La Administración Concursal designa como entidad especializada para la realización de los activos titularidad de la concursada GERENA SIGLO XXI, S.L. a través de subasta extrajudicial a la mercantil Hermes Capital Europa, S.L.


La subasta extrajudicial de los activos se llevará a cabo con sometimiento exclusivo a las condiciones previstas en el Plan de Liquidación y conforme a las reglas de la entidad especializada y, en lo que resulte de aplicación, a las disposiciones del Texto Refundido de la Ley Concursal y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2. La venta en subasta pública extrajudicial se llevará a cabo online (Internet) a través de la web www.viasubasta.com propiedad de la entidad especializada.

El pasado 11 de mayo de 2023, finalizó la primera subasta de estos mismos bienes objeto de esta segunda licitación, siendo el valor de las posturas ofrecidas por todos y cada uno de los bienes objeto de subasta, contrario al interés del concurso, lo que ha motivado esta segunda subasta. Estas posturas de la primera subasta han sido:


ID LOTE MAYOR PUJA
727 S1.101 LOTE 7 - NAVE INDUSTRIAL ADOSADA EN CONSTRUCCIÓN DE 250 M² EN GERENA 4.600,00 €


Las bases concretas de la subasta se publicitarán a través de dicha página web, así como a través de cualesquiera otros medios complementarios de publicidad que considere convenientes la referida entidad.

a) Fecha y hora de inicio de la subasta:
Martes, 9 de abril de 2024, a las 18:00 horas.
b) Fecha y hora de finalización de la subasta:
Jueves, 9 de mayo de 2024, a las 18:00 horas.

3. La venta de los activos se realizará libre de cargas y gravámenes, siendo por cuenta de la compradora todos los gastos e impuestos que puedan producir la transmisión de los bienes.

La cancelación de la anotación de concurso y las cargas/gravámenes se realizará de manera posterior a la transmisión por mandamiento judicial a instancia de la Administración Concursal.

4. Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentre el bien objeto de subasta desde el momento de su intervención en la misma, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas/pujas realizadas carácter de irrevocables.

Todas las ventas realizadas al amparo del Plan de Liquidación se realizarán como cuerpo cierto y en el estado en que se encuentren los bienes, renunciando el comprador a cualquier derecho de saneamiento o evicción por cuanto la Administración Concursal no puede responder del estado de los mismo. Para ello, los interesados podrán examinar los mismos y realizar las comprobaciones oportunas sobre su estado, con anterioridad a realizar la oferta de compra. Asimismo, se especifica expresamente que atendiendo al carácter liquidatorio de las realizaciones de bienes, todos los gastos derivados de las mismas se realizarán con cargo al comprador.

Habrá de estarse a la inspección e investigación personal de los licitadores, en tanto el activo se transmitirá como cuerpo cierto y a tanto alzado, con aceptación y asunción expresa, sin reservas ni excepciones y asumida como riesgo empresarial y/o objetivo, de la situación física, jurídica y, en su caso, urbanística y medioambiental, y con renuncia expresa al saneamiento por evicción y vicios ocultos y a reclamaciones de toda naturaleza contra la concursada y la Administración Concursal sobre su estado, inclusive de conservación o funcionamiento.

Se podrán solicitar visitas con antelación al cierre de la subasta, una vez cerrada, solo se podrán realizar visitas una vez completado el precio de la adjudicación.

5. El periodo para la presentación de las ofertas será de TREINTA (30) DÍAS NATURALES, esto es, de lunes a domingo, incluidos festivos, desde la apertura del periodo apto para la licitación.

6. Se establece la ampliación de la hora de finalización de la subasta por periodos de tres (3) minutos sucesivos en los casos en que se presenten ofertas en ese periodo inmediato anterior a la misma o durante alguna de sus prórrogas. En este caso, la subasta concluirá cuando no se reciban ofertas de compra durante el último periodo de ampliación de la subasta.

7. La subasta extrajudicial se establece SIN SUJECIÓN A TIPO MÍNIMO.

8. Las pujas deberán ser por un importe mínimo de 300,00€ respecto a la puja anterior, es decir, se establece tramos de pujas de TRES CIENTOS EUROS (300,00€).

9. En lo no regulado en las presentes condiciones establecidas para la subasta extrajudicial, la enajenación de los bienes se acomodará a la previa autorización de la Administración Concursal, a las reglas y usos de Hermes Capital Europa, S.L. (www.viasubasta.com) y, en última instancia, en las disposiciones que resulten de aplicación del Texto Refundido de la Ley Concursal y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

10. Para participar en la subasta se exigirá la prestación de una garantía o depósito correspondiente al 5% de la valoración del activo en el Plan de Liquidación, conforme se establece en la siguiente tabla:

LOTE VALOR PLAN DE LIQUIDACIÓN DEPÓSITO
LOTE 7 - Nave Industrial adosada en construcción de 250 m² en Gerena 35.167,52 € 1.758,38 €


La cuenta para la prestación de la garantía es la cuenta de consignaciones de Hermes Capital Europa, S.L. de la entidad bancaria Banco Santander y número ES87 0049 4629 5224 1714 2554 detallando en el concepto: Subasta GERENCIA SIGLO XXI, SL LOTE 7.


Los postores participantes en la primera subasta podrán mantener su deposito para participar en esta segunda subasta.

Los acreedores con crédito privilegiado reconocido en el concurso no tendrán que efectuar dicha consignación si deciden participar en la subasta del bien afectado por su privilegio especial.

Salvo para los acreedores con crédito privilegiado, no se validará el usuario del ofertante y, por consiguiente, no podrá formalizar sus pujas hasta no haber ingresado el importe del depósito al número de cuenta designado en el apartado anterior y registrado en la subasta. El justificante de transferencia se adjuntará durante el proceso de registro del Postor en la Subasta.

Finalizada la subasta, se liberarán o devolverán las cantidades consignadas por los postores excepto lo que corresponda al mejor postor, que se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación y, en su caso, como parte del precio de venta. Sin embargo, si los demás postores lo solicitan, también se mantendrá la reserva de las cantidades consignadas por ellos, para que, si el rematante no entregare en plazo el resto del precio, esta reserva quede para la nueva subasta.

11. Será admisible la cesión de remate por el acreedor privilegiado.

12. La dirección de correo electrónico que se designe a efectos de comunicaciones por los usuarios oferentes en la página web a través de que se realice la subasta será plenamente válida y eficaz a todos los efectos de cualesquiera notificaciones al usuario.

12. En caso de que el mejor postor no abone el precio completo en el plazo de QUINCE (15) DÍAS NATURALES, (desde la entrega y firma del acta de aprobación de remate por el Administrador Concursal) no se adjudicará el bien al siguiente postor, sino que, previa notificación de este hecho a los restantes postores, se abrirá un nuevo proceso de subasta por la entidad especializada con libre concurrencia de postores por plazo de quince días conllevando la pérdida del depósito del mejor postor.

La Administración Concursal, podrá exigir las responsabilidades que procedan por el incumplimiento del antedicho mejor postor.

Así mismo y además de lo anterior, el oferente que resultare adjudicatario de un bien haya incumplido, deberá satisfacer íntegramente los honorarios de gestión devengados por Hermes Capital Europa, S.L.

14. El otorgamiento por la Administración Concursal de los documentos públicos precisos para la consumación de la venta se entenderá aprobado judicialmente a los efectos de lo establecido en el artículo 641.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sin necesidad de resolución expresa del Juzgado.

No obstante, tan pronto como se consume la realización del bien, la Administración Concursal podrá ponerlo en conocimiento del Juzgado, incluyendo informe de la entidad especializada designada sobre el proceso de subasta.

15. En cualquier caso, la Administración Concursal se reserva la facultad de repetir la subasta si el resultado de la misma, según su criterio, fuere contrario al interés del concurso sin que tenga por ello que indemnizar por daños ni perjuicios al adjudicatario de la subasta.

16. La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización del bien, o por no considerar las ofertas suficientes, podrá repetir una o más veces el proceso de venta en subasta pública extrajudicial, a su elección en preservación de los intereses del concurso, siempre con respecto a las bases mínimas establecidas en los apartados anteriores.

17. Las cuotas pendientes del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tasas municipales, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, incluido el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU – Plusvalía Municipal) son de cuenta del comprador o adjudicatario.

Todos los impuestos y gastos que se originen como consecuencia del acto de otorgamiento de la escritura pública de compraventa y cancelación de cargas (notaría, impuestos, registro de la propiedad, cancelación de hipotecas) serán de cuenta y cargo de la parte compradora.

Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, no pudiendo la empresa especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal.

18. En todo lo no previsto se aplicará supletoriamente las normas contenidas en el Texto Refundido de la Ley Concursal y la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Gastos, impuestos y cargas
DEUDAS PENDIENTE IBI A FECHA 11 DE MAYO DE 2023:
- Año 2014: 25,39 €
- Año 2015: 24,72 €
- Año 2016: 25,64 €
- Año 2017: 22,01 €
- Año 2018: 21,51 €
- Año 2019: 25,53 €
- Año 2020: 17,37 €
- Año 2021: 16,88 €
- Año 2022: 16,37 €

TOTAL: 195,42 €

Las cuotas pendientes del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tasas municipales, comunidad de propietarios, entidad urbanística de conservación, incluido el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU – Plusvalía Municipal) son de cuenta del comprador o adjudicatario.

Todos los impuestos y gastos que se originen como consecuencia del acto de otorgamiento de la escritura pública de compraventa y cancelación de cargas (notaría, impuestos, registro de la propiedad, cancelación de hipotecas) serán de cuenta y cargo de la parte compradora.

Los honorarios profesionales de Hermes Capital Europa, S.L. (Viasubasta) como entidad especializada corresponden al 5% sobre el valor de adjudicación más el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA), que será atendido por la parte compradora, no pudiendo la empresa especializada reclamar retribución alguna a la Administración Concursal.


Documentos
CATASTRO FR 7750.pdf
MAPAS FR 7750.pdf
Datos y ubicación del activo
Dirección
CALLE ROMERO, 24
Código Postal
41860
Población
Gerena
Provincia
Sevilla